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El ABC de la Regularización Ambiental

Foto del escritor: IQ ConsultoresIQ Consultores

Actualizado: 30 abr 2024



 

Te damos en una cápsula lo que debes saber sobre la regularización ambiental.

 

1.     Objetivo de la Regularización Ambiental.

2.     Clasificación del impacto ambiental.

3.     Aspectos a tener en cuenta a la hora de regularizar mi proyecto, obra o actividad.

4.     Preguntas comunes.


El marco regulatorio ecuatoriano marca la cancha respecto a la regularización ambiental. Todas las actividades causan un impacto hacia el ambiente, sea este positivo o negativo. Estas pautas están definidas en el Código Orgánico del Ambiente y su Reglamento.

La regularización ambiental es el proceso que tiene como objetivo la autorización ambiental para la ejecución de los proyectos, obras y actividades, en función de sus características particulares y magnitud de sus impactos o riesgos ambientales.

El impacto ambiental se clasifica como no significativo, bajo, mediano y alto. Conozcamos las particularidades de cada uno:

 

No significativo: No tendrán obligación de regularizarse. La Autoridad Ambiental Competente emitirá un Certificado Ambiental y dictará guías de buenas prácticas.

 

Bajo: La autorización administrativa ambiental corresponde a un Registro Ambiental que se otorga a través del Sistema Único de Información Ambiental, de carácter obligatorio. Se requiere contar con un plan de manejo ambiental específico.

 

Mediano y Alto: La autorización administrativa ambiental corresponde a una Licencia Ambiental, de carácter obligatorio. Se requiere contar con un plan de manejo ambiental específico. El estudio de impacto ambiental deberá ser elaborado para una adecuada y fundamentada evaluación, predicción, identificación e interpretación de riesgos e impactos. Además, esta autorización tiene la particularidad de considerar póliza o garantía por responsabilidades ambientales.

 

Aspectos a tener en cuenta a la hora de regularizar mi proyecto, obra o actividad:

1.     Catálogo de actividades: El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) tiene la competencia de elaborar y actualizar el catálogo de actividades de los proyectos, obras o actividades existentes en el país que deban regularizarse.

2.     Certificado de intersección: Para el obtener una autorización administrativa, conocida coloquialmente como “permiso ambiental”, se deberá obtener a través del Sistema del MAATE el certificado electrónico que determina si la obra, actividad o proyecto interseca o no con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Patrimonio Forestal Nacional y zonas intangibles.

3.     Autoridad Competente: La autorización administrativa debe ser emitida por la Autoridad Ambiental Competente.

4.     Pago por servicios administrativos: Los proyectos, obras o actividades que requieran de autorizaciones administrativas, deberán realizar el respectivo pago por servicio administrativo a la autoridad competente.

5.     Autorización administrativa correspondiente: Una vez que el proceso se culmina con éxito, la Autoridad Ambiental competente da el visto bueno al operador a través de la emisión de la autorización administrativa correspondiente. Es importante analizar las condiciones detalladas en este documento, así como las facultades legales y reglamentarias para la operación.

6.     Participación ciudadana: Tiene por objetivo dar a conocer los posibles impactos socioambientales, así como recoger las opiniones y observaciones de la población que habita en el área de influencia directa social correspondiente. Se realiza de manera obligatoria para la regularización ambiental de todos los proyectos, obras o actividades de mediano y alto impacto ambiental.

7.     Mecanismos de control y seguimiento: Son herramientas de gestión que permiten realizar el seguimiento y control sistemático y permanente, continuo o periódico del cumplimiento de los requisitos legales y normativos, así como de las autorizaciones ambientales. Incluye auditorías, inspecciones, veeduría ciudadana, monitoreos de la calidad de los recursos naturales y monitoreos a la gestión de cumplimiento de los planes de manejo ambiental y obligaciones derivadas de la autorización ambiental.


Preguntas comunes:


 ¿Cómo puedo saber el tipo de permiso que le corresponde a mi actividad?

El Sistema Único de Información Ambiental determina automáticamente qué tipo de permiso ambiental se otorga a una actividad.

 

¿Qué es un plan de manejo ambiental?

Es un instrumento de cumplimiento obligatorio para el operador. Se compone de varios subplanes, en función de las características del proyecto, obra o actividad. Establece en detalle y orden cronológico, las acciones que se deben ejecutar para prevenir, evitar, controlar, mitigar, corregir, compensar, restaurar y reparar, según corresponda. Además, contendrá los programas, presupuestos, personas responsables de la ejecución, medios de verificación, cronograma y otros que determine la normativa secundaria.


¿Qué sub-planes tiene el plan de manejo ambiental?

El plan de manejo ambiental debe considerar los siguientes sub-planes:

a) Plan de prevención y mitigación de impactos;

b) Plan de contingencias;

c) Plan de capacitación;

d) Plan de manejo de desechos;

e) Plan de relaciones comunitarias;

f) Plan de rehabilitación de áreas afectadas;

g) Plan de rescate de vida silvestre, de ser aplicable;

h) Plan de cierre y abandono; y,

i) Plan de monitoreo y seguimiento.


¿El estudio de impacto ambiental debe ser elaborado por consultores calificados o acreditados?

Sí, los estudios de impacto ambiental deberán ser elaborados por consultores ambientales calificados y/o acreditados, con base en los formatos y requisitos establecidos por la Autoridad Ambiental Nacional.

 

¿El mecanismo de control y seguimiento ambiental de aplicable es un informe ambiental de cumplimiento o una auditoría ambiental de cumplimiento?

Ambos tienen el fin de evaluar la incidencia de los impactos ambientales de sus proyectos, obras o actividades, así como la observancia y cumplimiento de la normativa ambiental vigente, plan de manejo ambiental, plan de monitoreo, obligaciones derivadas de las autorizaciones administrativas ambientales, normativa ambiental vigente y planes de acción, de ser el caso. Entonces, ¿Qué mecanismo aplica en mi caso?

El informe ambiental de cumplimiento debe ser presentado por los operadores regularizados mediante registro ambiental. Estos deben ser presentados a la Autoridad Ambiental Competente, una vez transcurrido un (1) año desde el otorgamiento de la autorización administrativa y posteriormente cada dos (2) años.

La auditoría ambiental de cumplimiento debe ser presentada por los operadores regularizados mediante licencia ambiental. Se realiza una vez transcurrido un año (1) desde el otorgamiento de la licencia ambiental y posteriormente cada tres (3) años, sin perjuicio de que según el desempeño ambiental del operador la Autoridad Ambiental Competente pueda reducir el tiempo entre auditorías.


¿Qué tipo de consultor debería contratar para elaborar estudios de impacto ambiental y auditorías ambientales?

Deberá ser un consultor ambiental acreditado o empresa consultora calificada ante la Autoridad Ambiental Nacional, en concordancia con la normativa emitida para el efecto.

 



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